Santo Domingo, RD. – La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una nueva disposición que fortalece la protección de los usuarios del sistema financiero, asegurando mayor facilidad y transparencia en los procesos de cancelación de productos y servicios bancarios.
A través de la Circular CSB-REG-202500014, fechada el 15 de agosto de 2025, la SB establece que las entidades de intermediación financiera (EIF) deberán habilitar, como mínimo, los mismos canales utilizados para contratar productos, a fin de que los usuarios puedan cancelarlos de forma ágil, segura y sin trabas innecesarias.
El superintendente de Bancos, Alejandro Fernández W., señaló que esta medida va en consonancia con el proceso de digitalización del sistema financiero, subrayando que: “Si un producto nace digital, también debe poder cancelarse digitalmente. Esta normativa reduce la burocracia y fortalece la equidad en las relaciones entre entidades y usuarios.”
Las entidades financieras tendrán un plazo de tres meses calendario para implementar estas medidas.
La Superintendencia advirtió que el incumplimiento de la circular será sancionado conforme a lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera núm. 183-02 y en el Reglamento de Sanciones aprobado por la Junta Monetaria.
Esta iniciativa forma parte del compromiso institucional de la SB con el fortalecimiento de los derechos del usuario financiero, promoviendo prácticas más transparentes, accesibles y eficientes en el sistema bancario nacional.


