Por: Dr. Ransis García Sabater
Experto en Negocios y Comercio Internacional, Logística Internacional, Procesos
Aduanales. Controversialidad de las nuevas medidas en cuanto a los aranceles Globales de EE. UU.
Este artículo es la segunda entrega de varios artículos analizando este fenómeno y el mismo cae como anillo al dedo para entender los efectos y naturaleza de la imposición por parte de Estados Unidos de un arancel mínimo del 10% a las importaciones globales, cuyos datos en detalle vemos en lo siguiente:
• Arancel Global General:
• Un arancel mínimo del 10% sobre todas las importaciones a Estados Unidos.
• Aranceles Adicionales Específicos:
• Unión Europea: 20% adicional.
• China: 34% adicional.
• Otros países como Venezuela con un 15% y Nicaragua 18%
• Excepciones Notables:
• México y Canadá: Excluidos debido al T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y
Canadá).
• Rusia, Corea del Norte y Cuba: Excluidos.
Sumado esto gravámenes previos a naciones específicas, ha generado un intenso debate sobre su legitimidad y potenciales consecuencias económicas. Los ajustes, implementados el 2 de abril, enfrentan el escrutinio tanto a nivel nacional como internacional en ese orden y particularmente dentro de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Para entender de una mejor manera esta entrega queremos explicar brevemente con un contexto técnico que son y como se aplican los aranceles, en pocas palabras un arancel es el impuesto que se aplica al movimiento internacional de mercancías y se dividen en tres tipos básicos que son el Ad-Valorem (Consistente en un porciento del valor de las mercancías), luego el arancel específico (Puede ser un monto fijo por productos o cantidad de productos nacionalizados en un territorio aduanero específico o un puede de igual manera estar expresado en porciento) y los aranceles Mixtos tratándose estos de la combinación de un Ad-valorem con uno o más específicos, como por principios universales y atendiendo al principio de la nación más favorecida los aranceles deben aplicarse por productos y no por país al arancel principal que es el Ad-valorem se le denomina comúnmente como arancel de la Nación más Favorecida.
El Estado Norteamericano, bajo la administración del presidente Trump, ha puesto en marcha la implementación de un arancel general del 10% sobre todas las importaciones, con gravámenes adicionales que afectan a socios comerciales estratégicos para los EE. UU. De acuerdo con datos oficiales del Departamento de Comercio de EE. UU., esta medida busca «proteger la industria originaria nacional y corregir desequilibrios comerciales». No obstante, la aplicación específica de los aranceles han suscitado críticas y han generado cierta justificada preocupación entre economistas y analistas de comercio internacional. El alegato oficial se centra en la idea de que los aranceles nivelarán el juego para las empresas estadounidenses, que, según la administración actual, enfrentan competencia desleal debido a subsidios extranjeros y prácticas comerciales injustas, cabe destacar que existen mecanismos para dirimir estas situaciones y no de manera unilateral, específicamente, la Unión Europea enfrenta un arancel adicional del 20%, mientras que China soporta un 34% extra. Estas tasas elevadas reflejan las tensiones comerciales preexistentes y las reyertas sobre los derechos de propiedad intelectual, transferencia tecnológica y acceso a mercados. Otros países como Venezuela y Nicaragua también han sido objeto de aranceles específicos, con tasas del 15% y 18% respectivamente, esto lo que dificulta aún más el panorama comercial internacional. Por otro lado, México y Canadá en cuanto a los productos que forman parte de la canasta del acuerdo quedaron excluidos debido al Tratado (T-MEC), un acuerdo que reemplazó al TLCAN y que busca fortalecer la integración económica en América del Norte.
Naciones como Rusia, Corea del Norte y Cuba también fueron exentas, lo que plantea interrogantes sobre los criterios geopolíticos que influyeron en la decisión.
La legalidad de estas medidas es objeto de controversia y ha desatado un agudo debate entre versados tanto legales como académicos. A nivel nacional, si es cierto que la Constitución de EE.UU. otorga al Congreso la autoridad para regular el comercio exterior y la Ley de Comercio de 1974 permite al presidente imponer aranceles bajo ciertas circunstancias, como la seguridad nacional, la protección de la industria nacional o la respuesta a prácticas comerciales desleales, no menos cierto es que los Estados Unidos forman parte del GATT desde el mismo 1947 y son participes de los acuerdos que conforman el Sistema Multilateral del comercio, que como es bien sabido están solo por debajo de la constitución en el caso de los Estados Unidos, a pesar de esto la administración Trump ha invocado esta ley, particularmente la Sección 232 (seguridad nacional) y la Sección 301 (prácticas comerciales desleales), pero su aplicación ha sido cuestionada. «La justificación de seguridad nacional es un área un tanto turbia y ha sido centro de disputas legales, debido a que su interpretación puede ser muy amplia y subjetiva», esto lo afirma el Dr. Robert Lighthizer, ex Representante Comercial de los Estados Unidos, en un informe del Consejo de
Relaciones Exteriores. Los tribunales estadounidenses han comenzado a examinar la validez de estas invocaciones, y las decisiones judiciales futuras podrían tener un impacto significativo en la política comercial de EE. UU.
A nivel internacional, las normas de la OMC prohíben la discriminación arancelaria. Los aranceles diferenciados de EE. UU. Son violatorios a el principio de la nación más favorecida (NMF), un pilar fundamental del sistema multilateral de comercio que exige que los países miembros otorguen a todos sus socios comerciales las mismas condiciones comerciales favorables que otorgan a cualquier otro socio incluido en primer orden los derechos de aduanas. «Estas medidas proteccionistas socavan el sistema multilateral de comercio y generan incertidumbre y desconfianza entre los países», advierte la Dra. Ngozi Okonjo-Iweala, Directora General de la OMC, en un comunicado oficial. Varios países afectados han expresado su intención de presentar disputas formales ante la OMC y su Organismo de Resolución de Diferencias, claro está que este proceso puede llevar años y podría resultar en la autorización de represalias comerciales contra Estados Unidos por parte del organismo rector del comercio global. La efectividad del sistema de solución de diferencias de la OMC está siendo puesta a prueba, y es de nuestra opinión que el resultado de estas disputas tendrá implicaciones importantes para el futuro del comercio global.
Los pronósticos económicos sugieren un golpe significativo tanto a nivel nacional como internacional a la economía. Un estudio del Fondo Monetario Internacional (FMI) estima que una escalada de las tensiones comerciales, como la que representan estos aranceles, podría reducir el crecimiento del PIB mundial en por lo menos un 0.5% en los próximos años, afectando especialmente a las economías más abiertas y dependientes del comercio. En Estados Unidos, el aumento de los precios al consumidor debido al encarecimiento de los productos nacionalizados podría desgastar el poder adquisitivo de los hogares y generar tendencias inflacionarias. Además, la posible represalia comercial por parte de otros países podría afectar negativamente a la competitividad de las empresas estadounidenses y al empleo en sectores exportadores. La incertidumbre generada por estas políticas comerciales también podría disuadir la inversión y afectar negativamente a los mercados financieros incluso dentro de los Estados Unidos.
Para finalizar queremos acentuar en que la imposición de aranceles globales por parte de Estados Unidos representa un desafío al sistema de comercio internacional y plantea interrogantes muy serias sobre su legitimidad y puede acarrear consecuencias económicas. La resolución de las disputas en la OMC y la evolución de las relaciones comerciales entre las principales potencias serán determinantes para el futuro de la economía global y el florecer del sistema multilateral del comercio. De igual forma la incertidumbre generada por estas medidas podría tener efectos duraderos en las cadenas de suministro, la inversión y el crecimiento económico.